Estatutos Peña Bonoloto Menorca
Preámbulo: La Peña Bonoloto Menorca es una asociación de jugadores organizada con el objetivo de participar colectivamente en la Bonoloto de manera transparente, responsable y equitativa.
Artículo 1: Constitución y objeto
- La Peña se constituye como una sociedad de jugadores de Bonoloto, sin fines lucrativos, cuyo objetivo es optimizar las apuestas mediante la cooperación entre los socios.
- La Peña estará compuesta por un máximo de treinta (30) socios.
- La limitación de socios garantiza gestión eficiente, equidad en el reparto y viabilidad económica del grupo.
Artículo 2: Derechos y obligaciones de los socios
- Cada socio tiene derecho a participar en las apuestas, pero ninguno está obligado a participar en todas las jugadas.
- Los socios deben actuar con seriedad, responsabilidad y confianza.
- Está prohibido que cualquier socio juegue las mismas combinaciones , duplique apuestas individualmente o extraiga combinaciones de la plataforma para uso personal.
Artículo 3: Organización interna
- Vocal: Responsable de formalizar los boletos.
- Tesorero: Responsable de recaudar fondos y entregarlos al vocal.
- Contable: Responsable de llevar las cuentas y del reparto de beneficios.
- Todos los cargos serán designados por consenso y pueden ser rotativos.
Artículo 4: Metodología de juego
- Cada jugada constará de 300 apuestas, con un coste total de 150 €.
- El precio jugada será de 5 € por socio y por jugada.
- Los días de juego se decidirán mediante votación unánime de los socios.
- La Peña actúa bajo el principio de rentabilizar las apuestas, no de generar ganancias millonarias.
Artículo 5: Gestión de fondos
- Los fondos recaudados serán verificados periódicamente en línea o en reuniones presenciales.
- Los socios decidirán si los fondos se dejan como reserva o se distribuyen de inmediato.
- Cualquier irregularidad se resolverá conforme al Artículo 7.
Artículo 6: Disolución de la Peña
- La Peña podrá disolverse si se incumplen los principios de seriedad, responsabilidad o confianza.
- En caso de disolución, los fondos se repartirán equitativamente entre los socios presentes.
Artículo 7: Sanciones y resolución de conflictos
- El incumplimiento de las normas dará lugar a advertencias, suspensión temporal o expulsión definitiva.
- Las decisiones sobre sanciones se tomarán por consenso de los socios.
Artículo 8: Modificación de los estatutos
- Cualquier modificación debe ser aprobada por unanimidad de los socios.
- Las modificaciones deben registrarse y comunicarse claramente a todos los socios.
Disposición final
Estos estatutos entran en vigor a partir de la fecha de aprobación por los socios fundadores y regulan la actividad de la Peña Bonoloto Menorca, asegurando transparencia, equidad y cooperación en todas sus operaciones.